Cuando tenemos proyectos de cooperación entre varios GDRS (COOPERACIÓN HORIZONTAL) y el método de contratación es licitación por el GDR coordinador, aunque las facturas/gasto sean imputadas proporcionalmente a cada GDR ¿Cómo se debe reflejar en cuanto a transparencia en su perfil de contratante, en este caso en cada GDR, la contratación de un gasto común, para justificar la parte proporcional de nuestro gasto aunque el licitador no hayamos sido nosotros?:
1 – Deberíamos subir todo el procedimiento de contratación de los documentos que ha realizado el Grupo Coordinador a nuestro perfil.
2 – Tratarlo como un contrato menor (independiente del importe) reflejando que se trata de COOPERACIÓN HORIZONTAL y donde incluimos el Acuerdo entre los GDRS y como otro documento justificativo el Contrato entre GDR coordinador y empresa adjudicataria
3 – NO es necesario dar publicidad porque no somos entidad adjudicataria.
4- Otros…
La consulta plantea diversas cuestiones relativas a los sistemas de cooperación horizontal regulados en el artículo 31 LCSP que establece que las entidades pertenecientes al sector público podrán cooperar entre sí
b) Mediante sistemas de cooperación horizontal entre entidades pertenecientes al sector público, previa celebración de los correspondientes convenios (…).
A efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, las entidades pertenecientes al sector público podrán en todo caso, acordar la realización conjunta de contrataciones específicas.
Por tanto, la ley ya establece una primera formalidad para utilizar este sistema: la celebración previa de un convenio entre todos los poderes adjudicadores participantes en que se identifique claramente su objeto, que no encontramos ante un sistema de cooperación horizontal del art. 31 LCSP, identificación de las partes, obligaciones económicas de cada uno e identificación de la entidad en quien delegan la administracion y gestión del procedimiento de adjudicación que se llevará a cabo por cuenta propia para sí y para las demás entidades interesadas.
Una vez ejecutado el contrato el contratista emitirá las correspondientes facturas a cada una de las entidades en la cuantía que hayan establecido el convenio
Por tanto, toda la responsabilidad de la licitación y las obligaciones que le son propias le corresponde única y exclusivamente a la entidad “coordinadora” y es quien debe colgar en su perfil toda la documentación que exige la ley.
El gasto llevaría como documentación justificativa la factura y el convenio.
No es necesario que cada entidad de publicidad a la adjudicación y formalización, tan solo la entidad en la que se haya delegado la licitación y adjudicación del contrato.
En cumplimento de las obligaciones de transparencia sí sería obligatorio que todas la entidades publicaran en su portal de la transparencia el convenio.
Por último, me permito dos recomendaciones:
Primera, en el PCAP debe hacerse mención expresa que estamos ante un sistema un sistema de cooperación horizontal del art. 31 LCSP la identificación de las partes y mención al convenio firmado y el porcentaje de pago que asume cada uno.
Segunda, es recomendable que en la mesa de contratación se integre al menos un representante de cada una de las entidades firmantes a fin de repartir más la responsabilidad y que todos sean partícipes activos del procedimiento.