Europa acuerda proteger las indicaciones geográficas de productos artesanales e industriales

Los productos vinculados a la zona geográfica de producción gozarán de una protección similar a la de las «IGP»


Europa acuerda proteger las indicaciones geográficas de productos artesanales e industriales

El Consejo ha adoptado hoy un Reglamento relativo a la protección de las indicaciones geográficas de productos artesanales e industriales, con lo que da el último paso del procedimiento decisorio. Una vez entre en vigor este Reglamento, las indicaciones geográficas de productos industriales vinculados a la zona geográfica de producción (como la cuchillería de Albacete, el cristal de Bohemia o la porcelana de Limoges) gozarán de una protección similar a la de los alimentos o bebidas de producción regional.

La adopción del Reglamento sobre indicaciones geográficas de productos artesanales e industriales también permitirá a la UE cumplir plenamente sus obligaciones internacionales en virtud del Arreglo de Lisboa relativo a las Denominaciones de Origen y las Indicaciones Geográficas. A tal fin, el Consejo también ha adoptado hoy una modificación de la Decisión del Consejo relativa a la adhesión de la Unión Europea al Acta de Ginebra del Arreglo de Lisboa de 2015, para designar a la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) como Administración Competente para la administración del Acta de Ginebra en el territorio de la Unión en lo que respecta a las indicaciones geográficas de productos industriales y artesanales.

Importancia de las normas sobre indicaciones geográficas

Este Reglamento establecerá una protección de las indicaciones geográficas directamente aplicable a escala de la UE a los productos artesanales e industriales (como las joyas, los productos textiles, el cristal, la porcelana, etc.), complementando la protección existente en la UE para las indicaciones geográficas en el ámbito agrícola. La Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea desempeñará un papel importante en la aplicación del nuevo sistema de protección, en particular en lo que se refiere a los procedimientos de registro para las indicaciones geográficas artesanales e industriales.

Próximas etapas

Tras haber aprobado hoy el Consejo la posición del Parlamento Europeo sobre este Reglamento, el acto legislativo ha quedado adoptado.

Una vez que, en los próximos días, los presidentes del Parlamento Europeo y del Consejo firmen el Reglamento, este se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea y entrará en vigor a los veinte días de su publicación, junto con la Decisión del Consejo adoptada hoy.

Contexto

El Reglamento es una de las propuestas clave del Plan de Acción en materia de Propiedad Intelectual e Industrial, presentado por la Comisión Europea en noviembre de 2020.

El Acta de Ginebra del Arreglo de Lisboa es un Tratado administrado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) para la protección de las denominaciones de origen y su registro internacional. Abarca no solo las denominaciones de origen, sino también las indicaciones geográficas, lo que permite el registro internacional de ambas a través de un único procedimiento de registro. El sistema de registro internacional protege las denominaciones que identifican el origen geográfico tanto de los productos agrícolas (como café, té, frutas y vino) como de los productos artesanales e industriales (como la cerámica, el cristal y los tejidos). La UE necesitaba establecer una protección de las indicaciones geográficas para los productos artesanales e industriales y poder aprovechar así plenamente la protección que este Tratado ofrece a los productos no agrícolas.

Fuente: Comisión Europea

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