En un nuevo Dictamen publicado hoy, el Tribunal de Cuentas Europeo (el Tribunal) señala la importancia de los planes nacionales de recuperación y resiliencia para garantizar que la ayuda financiera de la UE se destina a lograr los objetivos globales comunes de la UE en materia de cohesión, sostenibilidad y digitalización, y se coordina correctamente con otras formas de apoyo nacional y de la UE.
En mayo de 2020, la Comisión Europea propuso el instrumento «Next Generation EU» como parte de un paquete de gran alcance para reducir el impacto socioeconómico de la pandemia. Dentro de dicho instrumento, el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia desempeñará el papel más importante, distribuyendo más de 600 000 millones de euros en forma de subvenciones y préstamos. El Mecanismo está diseñado para ofrecer apoyo financiero a gran escala para reformas e inversiones públicas en cohesión, sostenibilidad y digitalización. Los Estados miembros beneficiarios deberán redactar planes nacionales de recuperación y resiliencia acordes con las recomendaciones específicas por país pertinentes adoptadas por la Comisión en el Semestre Europeo.
«El Mecanismo de Recuperación y Resiliencia es fundamental para movilizar rápidamente los fondos necesarios e impulsar así la recuperación y aumentar la resiliencia de nuestras economías nacionales. Los Estados miembros deberán hacer su parte, estableciendo sus programas de reformas, inversiones y transiciones verdes y digitales», afirmó Ivana Maletić, miembro del Tribunal responsable del Dictamen. «Se trata de una oportunidad para demostrar que la UE logra una optimización de los recursos. Para ello, debemos prestar mucha atención al hecho de que los fondos se asignen realmente a medidas que ayuden a lograr los ambiciosos objetivos de la UE. De este modo, aprovecharemos al máximo el potencial del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia».
La lógica de gasto del Mecanismo consiste en apoyar programas amplios de inversión y de reforma basados en objetivos intermedios para medir los avances, en vez de reembolsar costes específicos relacionados con los proyectos/programas, como los fondos estructurales de la UE. De acuerdo con los auditores, la vinculación del Mecanismo con los objetivos de la UE (como la convergencia socioeconómica, el Pacto Verde Europeo y la transformación digital) podría reforzarse, por ejemplo, a través de indicadores comunes obligatorios, lo que garantizaría una vinculación directa entre los objetivos intermedios y las metas que se fijan en los planes nacionales de recuperación y resiliencia individuales, y los objetivos correspondientes. Los auditores acogen con satisfacción que el Mecanismo se base en procedimientos existentes como el Reglamento sobre disposiciones comunes (RDC) y el Semestre Europeo, lo que fomenta sinergias y reduce las cargas administrativas tanto a escala nacional como de la UE. Además, el diálogo previsto con los Estados miembros permite cierta flexibilidad para abordar situaciones específicas. Sin embargo, los auditores señalan que la preparación simultánea de planes nacionales de recuperación y resiliencia, programas operativos y programas nacionales de reformas (PNR) puede ser un desafío para los Estados miembros, y solicitan procedimientos simplificados. También subrayan la necesidad de una orientación y coordinación apropiadas, con el fin de evitar solapamientos con otras fuentes de financiación de la UE.
Según los auditores, es difícil evaluar la idoneidad de los importes financieros propuestos para abordar las consecuencias de una crisis que se está produciendo todavía. Aunque el Mecanismo fue introducido como respuesta a las consecuencias a medio y largo plazo de la pandemia, la asignación propuesta de las contribuciones financieras a los Estados miembros está determinada en gran medida por la situación anterior al COVID-19. Como resultado, se prevé que 4 de los 10 Estados miembros beneficiarios de la mayor asignación de subvenciones del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia sufran una reducción menos importante del PIB en 2020 que la media de la UE de alrededor del 7 %. Además, el mecanismo de asignación solo refleja parcialmente el objetivo del Mecanismo de fomentar la cohesión territorial, social y económica de la Unión mediante la mejora de la resiliencia y el apoyo a la recuperación. Más de dos tercios de las subvenciones del Mecanismo se destinan, de hecho, a los 14 Estados miembros con un PIB per cápita en 2019 de al menos el 90 % de la media de la UE, y solo una cuarta parte, aproximadamente, a los 8 Estados miembros cuyo PIB per cápita de 2019 se sitúa por debajo del 75 % de la media de la UE.
Por último, los auditores destacan que la Comisión y los Estados miembros deben adoptar medidas firmes y eficaces contra el fraude y las irregularidades para garantizar que el apoyo de la UE se utiliza para los fines previstos. También se señalaron algunas insuficiencias en los procedimientos previstos de supervisión y notificación. En cuanto a las disposiciones de gobernanza y auditoría del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, los auditores consideran que se debería definir explícitamente el papel del Parlamento Europeo en el proceso presupuestario, así como los derechos de auditoría del Tribunal, con objeto de garantizar que se aplican los mismos principios de rendición de cuentas y transparencia al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia que al presupuesto general de la UE.
Nota destinada a las redacciones.
El Parlamento Europeo solicitó al Tribunal que emitiera un Dictamen sobre la propuesta de la Comisión por el que se establece un Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, con arreglo al Tratado de Funcionamiento de la UE. El Dictamen resultante 6/2020 del Tribunal puede consultarse actualmente en su sitio web (eca.europa.eu) en inglés; las restantes lenguas estarán disponibles en breve.
El Dictamen se limita a la propuesta de la Comisión, pero tiene en consideración el correspondiente acuerdo político alcanzado en el Consejo Europeo el 21 de julio.
Este Dictamen complementa otros dictámenes relacionados con el COVID-19 acerca del Reglamento de disposiciones comunes (RDC), REACT-UE y el Fondo de Transición Justa. El Dictamen también se basa en el informe especial reciente sobre el Semestre Europeo, en particular con respecto a las recomendaciones específicas por país.
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Fuente: Tribunal de Cuentas Europeo